¿Qué hacer ante una citación judicial?

Es normal que cuando una citación o comunicación llega a la residencia, al lugar de empleo o al correo electrónico de una persona jurídica, no sepamos cómo reacciona o a adónde acudir pues la idea de enfrentar un proceso judicial genera cierto grado de desconcierto. Sin embargo, una citación judicial lo único que nos está diciendo es que existe un proceso judicial en el que probablemente nos encontramos como demandados o en el que se nos requiera por alguna razón, por ejemplo porque existe un proceso ejecutivo instaurado por otro deudor sobre un bien inmueble y en dicho bien existe una hipoteca en nuestro favor.

Es por esto que una citación judicial tan solo es un mecanismo para indicar a una persona que existe el proceso judicial o el procedimiento administrativo, y mediante esta se le indica que se presente al juzgado o entidad para que se le haga una notificación judicial y a partir de este momento ejerza su derecho de defensa y se haga representar por un abogado, en caso de no haberlo hecho antes.

¿Cuáles son las consecuencias de no asistir al juzgado a notificarme?

Teniendo en cuenta que la citación tan solo es la forma de comunicar al demandado o interesado la existencia del proceso para que luego vaya al juzgado a que se le realice la efectiva notificación personal, tengo la opción de no ir y no hacer la notificación para que el proceso judicial continúe sus etapas normales. En caso de que no me presente esto no evitará la continuación del proceso pues lo que sencillamente se hará es enviar a la misma dirección, ahora sí, una NOTIFICACIÓN POR AVISO, la cual sirve para notificar a aquellas personas que previamente habiendo sido citadas no se presentan al juzgado o entidad a que se les practique la notificación, y por tanto se le entienda notificada por la sola entrega del aviso mediante el servicio postal.

¿Es lo mismo una citación judicial o administrativa  que una notificación?

No, la citación judicial tan solo es el llamado para que el citado se presente al juzgado y allí sí se le notifique personalmente, sin embargo es posible que ante la no comparecencia luego de la citación se haga el envío de la notificación por aviso, el cual también se envíe por correo certificado pero no es una citación sino la efectiva notificación.

¿Puedo evitar que un proceso en mi contra continúa en caso de no presentarme al juzgado?

No, lo único que voy a lograr con no comparecer a notificarme directamente es que se me notifique mediante un aviso enviado a mi dirección de trabajo o residencia, y luego de esto el proceso continuará su curso normal aún en mi ausencia pues se entiende que ya estoy notificado.

¿Debo ir sólo o antes asesorarme de un abogado?

 

Aunque estrictamente no estoy obligado a contratar los servicios de un abogado para poder presentarme por primera vez al juzgado, lo más conveniente es que inmediatamente después de que tenga noticia de la existencia del proceso busque los servicios de un abogado para que me haga una asesoría inicial y, en caso de decidir contratarlo, sea el quien directamente comparezca al juzgado a notificarse en mi nombre y así diseñar la estrategia de defensa judicial.

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